viernes, 5 de julio de 2013

Dialéctica de los poderes estatales y sociales.

 

Poderes sociales y poderes estatales: una dialéctica.

En un Estado moderno, como hoy lo es España, hay por lo menos tres poderes “tradicionales” según la teoría política, que se llaman Ejecutivo, Legislativo y Judicial (doscientos años tiene la cosa) además de otros poderes más difusos que están sometidos a normas no necesariamente legales, como estos tres poderes fundamentales. Estos otros poderes interaccionan con los definidos por Montesquieu y son la Prensa (en tanto que representa a la Opinión Pública) los Sindicatos, las Asociaciones profesionales y empresariales, el poder financiero o... los partidos políticos, propiamente dichos, que son otro de esos poderes difusos, que configuran los poderes fácticos que entrecruzan sus actividades con los poderes constitutivos del Estado.
(En el grabado aparece El Leviatán de Hobbes... Un Estado que es más fuerte que la sociedad que dirige y que los partidos que tratan de dirigirlo. Esa es la cuestión.)

Incluso cabe hablar de una fragmentación de los poderes ejecutivo y legislativo , en el caso español y en el de otros países con concepciones no centralistas del Estado, que se descompondrían en diversos niveles territoriales (autonomías, diputaciones, municipios, que tienen sus propios órganos de aplicación y generación de normas y de deliberación de las mismas en algunos casos) y funcionales (las diversas administraciones públicas que gestionan directamente los presupuestos del colectivo del que se trate, con diversos grados y niveles de decisión o gestión, o los Organismos autónomos o Agencias especializadas que gestionan, por delegación, sectores importantes de actividad económica o social, como por ejemplo, la sanidad). Todo ello produce una complejidad en el aparato del Estado que no es fácil de asimilar por parte de los propios ciudadanos, que no siempre perciben con claridad a quien han de dirigirse.


Otros poderes, en particular el judicial, procuran mantener una unidad de criterios e incluso organizativa que facilite el cumplimiento de su función constitucional y aplicar las leyes que se presumen y se defiende que han de ser iguales para todos, en derechos y en deberes, sea cual sea el lugar de la nación de la que hablemos donde resida el ciudadano. Tarea esta bien difícil, como cabe inferir de la compleja estructura normativa que nos hemos dado, según se mencionaba arriba, por parte de los niveles ejecutivo y legislativo que no cesan de generar “corpus” normativo que ha de ser aplicado por el poder judicial, y que no siempre genera leyes, normas o reglamentos que respeten el marco general del Estado.

En este panorama de aparente confusión, los “otros” poderes no formales mencionados pugnan por sacar el mejor partido posible, para sus intereses particulares, de este complejo entramado del Estado, que es el que, por definición, representa el interés general. Los partidos son los agentes principales (partidos que son ajenos y distintos al Estado como tal, pese a todos los intentos de confundir ambas esferas por parte, precisamente, de los partidos que, en un momento dado, sean mayoritarios en un ámbito territorial determinado) debido a su horizontalidad (están en todos los niveles de la administración y en todos los territorios) y a la “legitimidad” que les da la propia Constitución como “representantes de la voluntad popular”. No entraré ahora en otras cuestiones a las que la Constitución les obligaría, y que NO suelen cumplir. Pero conviene esta precisión: Estado lo es la Administración, no los partidos que en un momento dado la gestionen, en virtud de las leyes vigentes.

Los sindicatos y las asociaciones empresariales, herederas de un Estado anterior, el franquista, del que eran su columna vertebral (Organización sindical vertical) e ideológica (“nacional-sindicalismo” se llamaba el invento) tienen también una parte importante de responsabilidad, también plasmada en la Constitución del “consenso”, sobre la estructura económica y social resultante de aquella transición. 

 
La prensa, independiente, claro, trata de reflejar lo que pasa en esta sociedad, tratando de alimentar a sus lectores con información y alimentarse de ellos y de las fuentes de financiación e ingresos disponibles. La Constitución también consagra algunos de los principios de los que la prensa es producto y celadora, como la libertad de expresión, sin la cual no podríamos estar hablando de democracia siquiera.

El poder financiero, finalmente... puede bastante, aunque no esté en la Constitución (ha entrado por una puerta falsa llamada artículo 135) en la medida en que influye decisivamente en en las alternativas de gobierno y en su “viabilidad”, y por su papel de acreedores de casi todos los otros agentes presentes en esta inecuación de desequilibrios imposible entre unos y otros poderes, donde tan fácil resulta perderse.

 
Hay otro poder, poco mencionado, que es parte del Ejecutivo pero que tiene características y funciones específicas definidas también constitucionalmente, que por su naturaleza no está descentralizado y por tanto no ofrece dificultad alguna para que se entienda por todo el mundo su papel. Se trata del Ejercito. La dialéctica de este con otros poderes es particularmente delicada, y preferiblemente no debe tener mas que un sentido. No es el tema de hoy.

Y por último, last but not least, en esta dialéctica complicada que he tratado de desbrozar, hay que decir que el poder judicial, es el otro poder con potencial de ser realmente autónomo y que debe ser independiente frente a las presiones de cualquiera de los otros. Son la garantía frente a la arbitrariedad que siempre acecha, y este quiere ser mi homenaje a las y los jueces que saben cumplir su función, el que se cumplan las leyes, en esta sociedad. Gracias a todos ellos porque pueden aportar, y lo están haciendo, algo de claridad entre tanta confusión. El Estado y la sociedad ganan cuando esto ocurre.

Andrés Holgado Maestre. En Mérida (España) y Julio, 2013.
http://extremenian.blogspot.com

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